Mediante el uso de los términos “estándares internacionales reconocidos“, la LEY PARA EL ACCESO ELECTRÓNICO DE LOS CIUDADANOS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS permitiría la implementación de estándares privativos que condicionen el acceso de quienes no posean dicha tecnología, implicando la discriminación directa de los ciudadanos.
Es por esta razón que Hispalinux, insiste en la eliminación de la expresión “estándares internacionales aceptados” dejando que Exclusivamente se hable de que las Administraciones Públicas deben usar SOLO estándares abiertos para relacionarse con los ciudadanos y la inclusión en el anexo de la definición de “estándares abiertos” (especificaciones públicas y gratuitas, libres de regalías y patentes y que tengan una implementación de referencia bajo una licencia libre).
Además, Hispalinux plantea la modificación del articulo 45 para que todas las Administraciones Públicas pongan a disposición de los ciudadanos y de las otras AAPP el software del que son derechohabientes bajo una Licencia que permita que sea usado en cualquier propósito, copiado, modificado y redistribuido con o sin cambios. Siempre que las obras derivadas garanticen estas mismas libertades [como lo hacen la Licencia Pública de la Unión Europea (EUPL) o la Licencia Pública General (GPL)].
La Asociación Linux Español, subscribe al esfuerzo de Hispalinux, ffii.org y estandaresabiertos.org, rogando se asegure el libre acceso electrónico de TODOS los ciudadanos a las Administraciones Públicas.
Para más información, visitar: http://www.hispalinux.es/node/616

