Madrid/Bruselas 14 de junio de 2007
Hispalinux, FFII, RITSI, Comfia-CCOO, ATI, Internautas, Linux.es, Inciativa Focus, Legalventure, Iglues, ESLIC, AGNIX, LiMa, LiCor, GCubo, Informáticos Penitenciarios, Fundación Ciencias de la Documentación, EstándaresAbiertos.org
La Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP) ha sido aprobada tras sufrir numerosas mejoras por parte del Congreso de los Diputados y del Senado con respecto a las carencias del Proyecto de Ley original remitido por el Ministerio de Administraciones Públicas (MAP).
Dicho proyecto original no recogía ni las recomendaciones de la ONU sobre software libre y estándares abiertos, ni la política de interoperabilidad de la UE basada en los mismos. Tampoco era acorde a los propios informes internos del MAP, ni estaba alineado con la estrategia de sistemas abiertos generalizada en la década de los ‘90. Pero lo más grave era que este proyecto de Ley, a pesar de anunciarlo, no tenía en cuenta los derechos que la Constitución Española reconoce a los ciudadanos y no los garantizaba a la hora de éstos ejercerlos por medios electrónicos.
Afortunadamente, gracias al apoyo que grupos políticos como Cha, BNG, IU, ERC, ICV o incluso del propio Grupo Socialista, algunos defectos importantes se han corregido. Pero desgraciadamente no todas.
Entre las que se han conseguido está la garantía de no discriminación de los ciudadanos por su elección tecnológica. También se ha logrado definir por ley, con cierta precisión, lo que es un estándar abierto, algo que ya se había hecho en los países europeos más avanzados.
La eficiencia y economía del gasto público no está garantizada.
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